Los seguros son instrumentos financieros. Cuentas con una suma económica que podrá hacer frente a un imprevisto, sin tener que comprometer tu patrimonio.

Seguro de transporte

VIGENCIA DEL SEGURO

El seguro transporte terrestre, aéreo o de ambas clases, entra en vigor desde el momento en que el vehículo o aeronave cargado con los bienes inicie el tránsito del embarque cubierto en el lugar de origen establecido en la póliza, continúa durante el curso normal de su viaje, y termina de alguna de las siguientes formas, lo que ocurra primero:

  1. Con la entrega de los bienes, al consignatario, en el lugar de destino citado en esta póliza
  2. 48 horas de días hábiles después de la llegada de los bienes al punto o aeropuerto del lugar de destino.

El seguro de transporte marítimo entra en vigor desde el momento en que los bienes queden a cargo de los porteadores marítimos para su transporte, en el puerto de origen, continúa durante el curso normal de su viaje y termina con la descarga de los mismos sobre los muelles en el puerto de destino.

 

MEDIOS DE TRANSPORTE

En el seguro transporte terrestre, aéreo o de ambas clases, para el transporte de los bienes asegurados podrán ser utilizados ferrocarril, así como vehículos y aeronaves propiedad del asegurado o arrendados para su servicio, de línea de autotransporte o línea aérea de uso comercial y de carga. Los medios de transporte de servicio público federal que transiten en la República Mexicana deberán tener autorización y registro vigente por parte de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

En el seguro de transporte marítimo la cobertura otorgada se aplica exclusivamente a bienes y/o intereses transportados bajo cubierta por barcos de casco de acero mecánicamente autopropulsados de hasta 25 (Veinticinco) años de antigüedad, clasificados por una asociación miembro de IACS INTERNATIONAL ASSOCIATION OF CLASSIFICATION SOCIETIES (ASOCIACION INTERNACIONAL DE SOCIEDADES CLASIFICADORAS) y que no enarbolen bandera de conveniencia. Contenedores cerrados podrán ser transportados sobre cubierta, siempre y cuando las ordenanzas marítimas lo permitan.

 

Asociaciones Clasificadoras Miembros Del IACS:
  • Lloyd´s Register
  • American Bureau of Shipping
  • Bureau Veritas
  • Nippon Kaiji Kyokal
  • Norske Veritas
  • Registro italiano
  • Registro de Buques de la CEI
  • Registro Polaco de Buques
  • Registro Griego de Buques
  • Germanischer Lloyd

 

BIENES CUBIERTOS

En el seguro transporte terrestre, aéreo o de ambas clases la póliza se destina a cubrir todos los embarques de las mercancías que se detallan en la especificación adjunta a la póliza, siempre y cuando sean propiedad del asegurado, o bien sobre las que tenga algún interés asegurable, comprobable con documentos auténticos y en el seguro de transporte marítimo adicionalmente cuando se encuentren bajo cubierta.

 

RIESGOS CUBIERTOS:

Cobertura de Riesgos Ordinarios de Tránsito Terrestre y/o Aéreo para este seguro se cubre exclusivamente los daños materiales o pérdidas a los bienes causados directamente por:

    a. Incendio, rayo, explosión.
    b. Caída de aviones.
    c. Colisión o volcadura del vehículo de transporte empleado.
    d. Descarrilamiento del ferrocarril.
    e. Hundimiento o rotura de puentes al paso del vehículo transportador, o hundimientos de embarcaciones cuyo empleo sea indispensable para completar el tránsito terrestre.
    f. Quedan cubiertos los bienes asegurados contra los daños causados directamente por las maniobras de carga y descarga, cuando dichos movimientos sean para colocar los bienes sobre el medio de transporte o cuando sean bajados del mismo, quedan específicamente excluidas las maniobras que para estiba, alijo o almacenamiento sean llevadas a cabo antes de que los bienes queden a cargo o bajo la responsabilidad de los porteadores.

 

Para Riesgos Ordinarios de Tránsito Marítimo se cubre exclusivamente:
    a. Las pérdidas o daños materiales causados a los bienes asegurados por incendio, rayo y explosión; o por varada, hundimiento o colisión del barco.
    b. La pérdida de bultos por entero caídos durante las maniobras de carga, transbordo o descarga.
    c. La contribución que resultare al embarque asegurado por avería gruesa o general o por cargos de salvamento que deban pagarse según las disposiciones del artículo 239 de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos, de la Ley de Navegación y del Código de Comercio o conforme a las reglas de York Amberes, vigentes o las leyes extranjeras aplicables de acuerdo con lo que estipule el conocimiento de embarque, carta de porte o el contrato de fletamento.
    d. Este seguro se extiende a amparar los bienes mientras sean transportados hasta o desde el buque principal en embarcaciones auxiliares y se consideran asegurados separadamente, mientras se encuentren a bordo de estas.
    e. El asegurado no se perjudicará por cualquier convenio que exima de responsabilidad al porteador de las embarcaciones auxiliares.
     

    PROTECCIONES ADICIONALES TRANSPORTE TERRESTRE, AÉREO O MARÍTIMO

    a. Interrupción en el Transporte

     

    RIESGOS EXCLUIDOS QUE SE PUEDEN CUBRIR MEDIANTE CONVENIO EXPRESO (RIESGOS ADICIONALES) PARA TRANSPORTE TERRESTRE, AÉREO O MARÍTIMO

      a. Robo Total
      b. Robo Parcial
      c. Mojaduras
      d. Oxidación
      e. Manchas
      f. Contaminación por contacto con otras cargas:
      g. Rotura o Rajadura
      h. Derrame
      i. Huelgas y alborotos populares
      j. Echazón y/o barredura para embarques marítimos
      k. Baratería del capitán o tripulación
      l. Bodega a bodega para embarques terrestres y aéreos
      m. Bodega a bodega para embarques marítimos
      n. Estadía durante 30 o 60 días

     

    INFORMACIÓN MÍNIMA PARA COTIZAR

      a. Nombre y/o razón social
      b. Domicilio fiscal completo
      c. Giro
      d. RFC
      e. Descripción de bienes a asegurar
      f. Tipo de moneda
      g. Suma asegurada
      h. Medios de transporte
      i. Límite máximo de responsabilidad por medio de transporte
      j. Siniestralidad
      k. Territorialidad

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Seguro de Energía

Clasificación de la industria petrolera para el sector asegurador.

La industria petrolera se subdivide en tres etapas que se les conoce como se menciona a continuación:

Upstream

Exploración geosísmica.

Perforación de exploración.

Riesgos de producción.

 

Midstream

Refinación.

Generación de energía.

 

Downstream

Utilidades, incluye agua, vapor, electricidad y aire, incluye turbinas de gas, turbinas de vapor, transformadores y calderas.

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TIPOS DE SEGUROS QUE SE REQUIEREN EN LA INDUSTRIA PETROLERA.
Seguro de Daño Físico

Este seguro cubre los daños a la propiedad en relación con los tipos de exploración que se lleva a cabo, bien sea en tierra o costa afuera y ampara los activos que se utilizan para la producción, desarrollo, procesamiento y transporte del crudo, incluyendo pero no limitado a las plataformas fijas en alta mar, las que son remolcadas y las infraestructuras de oleoductos así como la variedad de equipos de perforación que se utilizan para la extracción del hidrocarburo.

 

Seguro de Gastos Extras de Operadores

Este seguro otorga la protección en relación con los costos y gastos asociados en los que se incluyen por los costos de limpieza, filtración y la contaminación resultante para controlar un pozo que se ha vuelto fuera de control, normalmente como resultado de un blow-out.

 

Seguro de Responsabilidad Civil

Este seguro ofrece la cobertura de responsabilidad legal y contractual, que incluye los gastos de defensa en relación con las operaciones mundiales declaradas por el contratante, realizadas en los sectores de energía costa fuera o en tierra, comprendidos los trabajos llevados a cabo en los procesos del upstream.

 

Seguro de Pérdida de Ingresos por Producción, Pérdida de Flete y de Interrupción de Negocios

Este seguro ampara al contratante con el fin de salvaguardar sus actividades en contra de la pérdida temporal de los flujos de ingresos, como consecuencia directa de la pérdida física o daño a los activos de producción, como resultado del cese total o parcial de las operaciones de producción a consecuencia de un siniestro.

 

Seguro de Construcción

Todos los riesgos de construcción relacionados pero no limitados a plataformas fijas costa fuera, unidades de perforación, tuberías FPSO y terminación submarina / revertir (tie back) infraestructuras.

 

Industrias relacionadas
  • Empresas independientes de petróleo y gas.
  • Empresas del Estado de petróleo y gas.
  • Empresas multinacionales de petróleo y gas.
  • Compañías integradas de gas / energía y petróleo.
  • Operadores de renta petrolera.
  • Contratistas de perforación.
  • Contratistas de servicio.
  • Operadores de ductos.
  • Construcción de patios.

 

Requerimientos de información para la contratación del Seguro de Construcción
  1. Nombres de los participantes:Principal / contratistas / otorgantes de licencias/ detalles del contrato.
  2. Peligros Naturales: Ubicación del sitio / información de peligros naturales incluyendo reporte geotécnico / inspección de condición de suelo.
  3. Descripción detallada del proyecto:Alcance de los trabajos incluyendo gráfico de barras / diagramas de flujo / cronograma del proyecto.
  4. Información de:
  • Tendido de tuberías el alcance y metodología.
  • Protecciones contra incendio.
  • Cargas pesadas.
  • Confirmación de que ningún equipo es prototipo.
  • Duración de pruebas en caliente.
  • Indemnizaciones contractuales.
  • Propiedad existente.
  1. Tránsito / AlmacenajeValor de bienes / tipo / métodos de almacenaje / país(es) de origen / valor por embarcación / lugar de desembarque, etc.
  • Ubicación / como se almacenará / Que se almacenará / Protecciones contra incendio / Seguridad / Valor máximo en cualquier zona de incendio.

Desglose de valores

  • Desglose de los valores estimados del contrato.
  • Desglose detallado de los costes recurrentes.
  1. Historial de Pérdidas.

 

Requerimiento de información para la Cotización de Control de Pozos (CP), Daño Físico, interrupción del negocio.
  • Lista de Pozos / Actividad Proyectada incluyendo la ubicación, profundidad del agua, profundidad total, interés asegurable, costo de pozo-seco, contrato.
  • Valores: Valuación del Costo de Reposición / Valor en Efectivo Real / Valor Acordado.
  • Latitudes / Longitudes / Brecha de Aire
  • Lista de los ingresos requeridos.
  • Interrupción de Negocios Contingente:
  • Lista de potenciales factores detonantes de propiedad de terceros.
  • Historial de Pérdidas.

 

Requerimiento de información para la Cotización de Responsabilidad a Terceros
  • Número de años de experiencia.
  • Ingresos Brutos.
  • Conteo de Pozos (operador vs no-operador).
  • Buques de su propiedad / Buques fletados.
  • Contrato de Servicio Maestro.
  • Historial de Pérdidas.