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La responsabilidad civil de las embarcaciones

Las embarcaciones son utilizadas para toda clase de actividades, que van desde las más complejas y especializadas hasta las de servicios rutinarios. Todas, sin excepción, pueden causar daños a terceros.

 

La Ley de Navegación y Comercio Marítimos (LNCM) define a las embarcaciones como toda construcción diseñada para navegar sobre o bajo vías navegables. Una de las formas que utiliza para clasificarlas es por el servicio que prestan:

  • Pasajeros
  • Carga
  • Pesca
  • Recreo y deportivas
  • Dragado de vías navegables
  • De extraordinaria especialización, como son las utilizadas para exploración, perforación de pozos, tendido de ductos, protección ambiental y salvamento.

 

Todas están expuestas a causar daños o perjuicios a terceros:

  • A la tripulación
  • Pasajeros
  • Otras embarcaciones
  • Instalaciones fijas o flotantes o
  • Al medio ambiente.

 

De acuerdo con el artículo 182 de la LNCM, los principales riesgos a los que están expuestas las embarcaciones y, por tanto, susceptibles de causar daños son:

  • El abordaje de embarcaciones de cualquier tipo
  • Las arribadas forzosas o imprevistas
  • Naufragio, incendio, varadura y encallamientos
  • La avería común
  • El acto u omisión que genere contaminación marina
  • El cambio obligado de ruta o puerto de destino, ocasionado por caso fortuito o fuerza mayor

 

Estos accidentes o incidentes, pueden causar daños a terceros en sus bienes y personas. Por ello, es muy importante que cuenten con un Seguro de Responsabilidad Civil, conocido como Protección e Indemnización (P&I), que les permita reparar o indemnizar los daños causados por ser propietarios de la embarcación o por las actividades que realizan.

 

En NRGI Broker, somos expertos en seguros de Protección e Indemnización. Acércate a nosotros, con gusto te atenderemos.

 

barco

Los riesgos en el Sector Hidrocarburos

Un riesgo, de acuerdo con la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad industrial y Protección Ambiental del Sector Hidrocarburos (ASEA), es la probabilidad de que suceda un evento indeseado, medido en términos de sus consecuencias al personal, a la población, a las instalaciones, los equipos y al medio ambiente. En síntesis, un riesgo es la probabilidad de que ocurra un accidente.

 

Al respecto, es importante considerar que riesgo no es sinónimo de peligro, pues éste último se refiere a las condiciones o características intrínsecas de un objeto capaces de causar daño, mientras que el riesgo es la probabilidad de que se produzca ese daño. De lo anterior se desprende, que hay situaciones y objetos que son peligrosos por sí mismos y por ello tienen el potencial de causar daño, es decir, representan un riesgo, el cual sin embargo se puede controlar y minimizar.

 

En materia de hidrocarburos, el petróleo y el gas son materiales peligrosos, dadas sus características de explosividad e inflamabilidad. Por eso, las actividades en las que se encuentran involucrados representan un riesgo, de ahí que sean definidas legalmente como actividades altamente riesgosas [1].

 

Además de las características intrínsecas, las operaciones que se realizan en toda la cadena de valor los hidrocarburos son de gran complejidad, toda vez que:

  • Involucran infraestructura de grandes dimensiones: plataformas de perforación, buque-tanques, ductos, terminales de almacenamiento, entre otras.
  • Se realizan en condiciones que pueden ser extremas, por ejemplo, la perforación de un pozo petrolero en el mar o el recorrido de grandes distancias a través de un barco o un tren.
  • Se requiere de tecnología avanzada y personal especializado.

 

Derivado de lo anterior, es necesario tomar todas las medidas necesarias en materia de administración de riesgos para evitar la ocurrencia de accidentes. Ahora bien, aunque un riesgo puede prevenirse y controlarse, no puede eliminarse por completo, por lo que en todo caso, será necesario transferirlo, con el objetivo de evitar que una empresa absorba el total de pérdidas económicas que puede representar un siniestro y que se pueden traducir en un importante detrimento patrimonial.

 

Un riesgo puede ser transferido a una empresa aseguradora, por medio de un contrato de seguro en el que la empresa aseguradora se compromete con el asegurado, a que a cambio de una prima, le indemnizará en caso de que sufra un siniestro que le ocasione pérdidas económicas, siempre y cuando el evento corresponda con el objeto asegurado, se ajuste a los términos y condiciones establecidas en la póliza y no sea una exclusión.

 

En el Sector Hidrocarburos, existen seguros específicos para amparar los riesgos propios de esta actividad, que además han sido establecidos como obligatorios por la autoridad reguladora (ASEA) como son: 1) Control de pozos; 2) Responsabilidad Civil y 3) Responsabilidad Ambiental.

 

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[1] De acuerdo con el artículo 2, fracción I de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, son las actividades que implican la generación o manejo de sustancias con características corrosivas, reactivas, radioactivas, explosivas, tóxicas, inflamables o biológico-infecciosas.

 

Regulación aplicable a la construcción y operación de ductos terrestres para el transporte de hidrocarburos y petrolíferos.

La construcción y operación de ductos se considera una prioridad, debido a que se trata de uno de los medios más eficientes y económicos para el transporte de hidrocarburos y petrolíferos; además, de su utilidad para generar un sistema integral de abastecimiento, a través de su conexión con terminales de almacenamiento, plantas de procesamiento de gas natural y refinerías, entre otro tipo de infraestructura.

 

El ciclo de vida de un ducto requiere considerar varias etapas, que van desde su diseño hasta el momento en el que deja de operar, en cada una de las cuales se deben observar las medidas destinadas a salvaguardar la integridad de personas, instalaciones y medio ambiente.  

 

Para regular las etapas antes mencionadas, el 31 de marzo de 2017, la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y Protección Ambiental del Sector Hidrocarburos (ASEA), publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), las Disposiciones Administrativas de Carácter General que establecen los lineamientos en materia de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y Protección al Medio Ambiente, para el transporte terrestre por medio de Ductos de Petróleo, Petrolíferos y Petroquímicos (DACGS-Ductos).

 

En las DACGS-Ductos, se establecen las especificaciones, características y requisitos con los que las empresas autorizadas deberán cumplir en relación con el diseño, construcción, pre-arranque, operación y mantenimiento, cierre, desmantelamiento y abandono de los ductos terrestres destinados a transportes hidrocarburos y petrolíferos.  

 

Por ejemplo, para la etapa de diseño, se establece la manera en la que deberán seleccionarse los materiales con base en:

  • El tipo de producto que se transportará: petróleo, petrolíferos o petroquímicos;
  • Cantidad de producto que se transportará;
  • La infraestructura adicional a instalar;
  • Las características de los lugares donde transitará (sismicidad, suelos inestables, zonas naturales protegidas, densidad de población, etc.).

 

Para la construcción, el regulado deberá contar previamente con la autorización de impacto ambiental emitida por la ASEA, así como la identificación de los peligros y el análisis de riesgos, estableciendo las medidas de mitigación, prevención y control necesarias para reducir los riesgos e impactos ambientales.

 

Para las etapas de cierre, desmantelamiento y abandono, el regulado debe elaborar un programa de abandono, en el que debe incluir por lo menos: escenarios y recomendaciones del análisis de riesgo, de conformidad con el Sistema de Administración de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y Protección Ambiental (SASISOPA) y la evidencia de cumplimiento de la normatividad aplicable, así como de los términos y condicionantes de las autorizaciones que le fueron emitidas para realizar el proyecto.

 

Las DACGS-Ductos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5, están basadas en el principio de responsabilidad objetiva, es decir, quienes realizan alguna de las actividades señaladas, operan bajo el supuesto de que están creando un riesgo a las personas y medio ambiente y, por lo tanto, en caso de causar daños deberán llevar a cabo su reparación, sin que ello esté condicionado a demostrar su culpa.  

 

Por ello, es importante que las empresas que realicen la construcción u operación de un ducto, cuenten con instrumentos financieros como los seguros, que les permitan contar con la suma adecuada para hacer frente a las obligaciones que se deriven en caso de enfrentar un acontecimiento súbito, imprevisto y no deseado, que tenga como consecuencia daños a personas, instalaciones y medio ambiente.

 

En NRGI Broker, somos expertos en Seguros para la Construcción y Operación de Ductos. Acércate a nosotros.

 

 

Las temporadas abiertas en el transporte por ducto de hidrocarburos y petrolíferos

De acuerdo con cifras de la Comisión Reguladora de Energía (CRE), hasta el 6 de febrero del 2017, se han emitido 1648 permisos de transporte para petróleo, petrolíferos y petroquímicos, 249 de transporte de gas natural y 209 de gas licuado de petróleo (https://www.gob.mx/cre/acciones-y-programas/como-vamos-en-materia-de-hidrocarburos); una parte importante corresponde a ductos, toda vez que es uno de los medios más utilizados por su eficiencia y seguridad.

 

El transporte de ductos se puede llevar a cabo para usos propios, pero también con el fin de proporcionar servicios a terceros. En éste último caso, la CRE ha establecido ciertas condiciones, considerando que se trata de un servicio estratégico en la cadena de valor de los hidrocarburos y petrolíferos.

 

Para llevar a cabo la actividad de transporte por ducto, se requiere la realización de temporadas abiertas como un proceso en el que la empresa de transporte y operadora de un ducto ofrece al mercado la posibilidad de reserva de capacidad y transporte en el ducto, la cual de acuerdo con el artículo 4 de la Ley Hidrocarburos, tiene el propósito de brindar equidad y transparencia en la asignación o adquisición de capacidad disponible a terceros de un sistema o de un nuevo proyecto o con motivo de una renuncia permanente de capacidad reservada, que debe realizar un permisionario de transporte, almacenamiento o distribución de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos para ponerla a disposición del público, a efecto de reasignar capacidad o determinar las necesidades de expansión o ampliación de capacidad”.

 

Actualmente la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y Petróleos Mexicanos (PEMEX), son las principales empresas que están llevando a cabo las temporadas abiertas para ofrecer a terceros la infraestructura que tienen disponible.

 

En el caso de Pemex su temporada abierta para la infraestructura ubicada en el norte del país se encuentra vigente hasta el 17 de febrero (http://www.pemex.com/nuestro-negocio/logistica/temporadasabiertas/Paginas/default.aspx).

 

Al respecto, es importante destacar que uno de los requisitos de la CRE para otorgar los permisos de transporte por ducto es demostrar que se cuenta con los seguros suficientes para responder por los daños o perjuicios que se pudieran ocasionar en el desarrollo de sus actividades. En el caso de las temporadas abiertas, contar con seguros adquiere especial relevancia, toda vez que se trata de una forma de dar certeza a quienes deseen contratar capacidad y transporte en el ducto, que el sistema que les prestará el servicio se encuentra amparado.

 

En NRGI Broker somos expertos en Seguros para la Construcción y Operación de transporte por ductos de hidrocarburos y petrolíferos. Acércate a nosotros.

 

Gas pipeline in Wyoming

Seguros Para La Construcción Y Montaje De Oleogasoductos

Los Oleogasoductos son tuberías de gran diámetro que se usan para el transporte de hidrocarburos en estado líquido y gaseoso estas van desde el sitio donde estos se extraen, hasta los centros de transformación y distribución.

Para proceder al diseño de las rutas se debe tomar en cuenta tanto el caudal a transportar, características físicas y químicas del fluido, como los aspectos técnicos, las restricciones del medio físico, biológico y cultural, las opciones de ingeniería y construcción, así como los costos económicos.

En el caso de las rutas submarinas, estas se determinan eligiendo la trayectoria más directa o en base a estudios geofísicos, geotécnicos y oceanográficos.

Para proteger está inversión, económica y legalmente es de vital importancia el contar con un seguro dependiendo de la fase en la que el proyecto se encuentre:

  • Seguros de Construcción: Abarca desde el momento en que empieza la excavación, hasta el momento en que se termina la fase de pruebas.
  • Operación: Este seguro entra en vigor cuando el ducto entra en operación y protege a la empresa por la pérdida de daños materiales a los bienes propiedad del gasoducto usado en las operaciones de la misma.
En NRGI Broker contamos con personal experto en materia de hidrocarburos y con las mejores opciones en materia de seguros, por lo que podemos asesorarte y ofrecerte un producto adaptado a las necesidades de tu empresa.

Carlos Slim participará en Ronda 2 con Grupo Carso

Grupo Carso, conglomerado de Carlos Slim, ve oportunidades de negocio en los campos petroleros que se licitarán en la segunda ronda en aguas someras que organiza la Secretaría de Energía con la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH).

En conferencia con analistas, Arturo Spínola, director de finanzas y administración en Grupo Condumex y Carso Infraestructura y Construcción (CICSA), destacó que proyectan que las subastas serán importantes para apuntalar el negocio energético.

“Vamos a continuar participando en el sector de petróleo y gas, quiero decir, la segunda ronda que es la que viene para el próximo año. Estamos buscando en México negocios con el fin de mantener y hacer crecer la cartera de CICSA”, destacó el directivo.

Esta semana la Secretaría de Energía anunció que serán 15 bloques los licitados en contratos de producción compartida para la exploración y extracción de hidrocarburos en aguas someras del Golfo de México como parte de la Ronda 2.1, que tendrá su apertura y fallo el 22 de marzo de 2017.

Se espera que este concurso genere inversiones por 11 mil 250 millones de dólares, dado que en cada una de las áreas se espera una inversión de 750 millones de dólares.

CICSA presentó ingresos por ocho mil 933 millones de pesos en el primer semestre de 2016, un aumento de 9.4 por ciento comparado con igual periodo del año pasado; esto principalmente por mejores resultados en instalación de ductos, donde las ventas subieron 51.2 por ciento.

Fuente: El Financiero